martes, septiembre 21, 2010

Ocupado

Hoy, recordando la multitud de desencuentros con los que me he encontrado profesionalmente estos últimos años y sufriendo el Real-Time-Spamming del encuentro de hoy organizado por Fundación Telefónica para glosar las bondades de la "profesión" de 'blogger', que se desarrolla en el marco de su ciclo "Internet y las nuevas tecnologías crean nuevas profesiones", me ha dado por pensar en mi errática trayectoria profesional y el significado, también errático, de un concepto un tanto difuso, el trabajo que, a pesar de Rifkin, no se ha acabado ni parece que lo vaya a hacer hasta el siguiente clic del reloj del largo ahora.

Si hacemos el siempre agradecido aunque nunca bien ponderado ejercicio de consultar nuestro vetusto diccionario de la RAE (en su vigésima segunda edición) encontramos algunos elementos interesantes para la reflexión (destaco en negrita las acepciones relevantes a tal efecto).

ocupación.

(Del lat. occupatĭo, -ōnis).

1. f. Acción y efecto de ocupar u ocuparse.

2. f. Trabajo o cuidado que impide emplear el tiempo en otra cosa. U. m. en pl.

3. f. Trabajo, empleo, oficio.


oficio.

(Del lat. officĭum).

1. m. Ocupación habitual.


trabajo.

1. m. Acción y efecto de trabajar.

2. m. Ocupación retribuida.


empleo.

1. m. Acción y efecto de emplear.

2. m. Ocupación, oficio.


profesión.

(Del lat. professĭo, -ōnis).

1. f. Acción y efecto de profesar.

2. f. Ceremonia eclesiástica en que alguien profesa en una orden religiosa.

3. f. Empleo, facultad u oficio que alguien ejerce y por el que percibe una retribución.


facultad.

(Del lat. facultas, -ātis).

1. f. Aptitud, potencia física o moral. U. m. en pl.


profesionalidad.

1. f. Cualidad de la persona u organismo que ejerce su actividad con relevante capacidad y aplicación.



Fijémonos, para empezar, en que algo que nos impide emplear el tiempo en otra cosa (limitación implícita de nuestro recurso más escaso, el tiempo) se define como ocupación; si esta se convierte en habitual es un oficio; que una vez retribuido se define como trabajo.

Resulta también especialmente relevante el hecho de que sólo aparece la aptitud para la realización de la actividad que es motivo de ocupación cuando hablamos de una profesión, que no implica el desempeño habitual de tal ocupación, aunque sí el hecho de que sea retribuida. Más interesante resulta el hecho de que la profesionalidad, como cualidad de una persona, no se asocie necesarimente al desempeño de un trabajo o una profesión, sino a la capacidad o aplicación de que esa persona hace gala en el desarrollo de una determinada actividad, que tampoco ha de ser una ocupación habitual.

En estos términos, ¿es la profesionalidad con la que se desempeña, en ocasiones, esta actividad la que puede legitimarla como profesión; o es el hecho de que sea, en ocasiones, una actividad retribuida? (sí; es sarcasmo)